El Juzgado de Instrucción 2 de El Ejido (Almería) ha acordado que vaya a juicio el alcalde del municipio, Francisco Góngora (PP), al estimar que resulta indiciariamente acreditado que pudo incurrir como cooperador necesario en delito en la compraventa de una finca rústica que luego se recalificó a urbanizable y en la que participó una sociedad formada por el regidor, su hermano, su padre y un cuarto socio.
En el auto, que fue dictado el pasado día 1 y al que ha tenido acceso Europa Press, la juez instructora Juana María Gómez, atribuye a Góngora la presunta comisión de dos delitos de falsedad documental y de un delito contra la Hacienda Pública, y da traslado a las partes personadas, entre ellas la Agencia Tributaria (AEAT), para que, en un plazo de diez días, formulen escrito de acusación o soliciten el sobreseimiento de la causa.
La magistrada acuerda el procesamiento, asimismo, del hermano del alcalde, José Gabriel Góngora, su padre, G.G., y su socio S.L.P., así como de A.G.M., administrador de la mercantil a la que su sociedad vendió la citada finca rústica por unos hechos que tuvieron lugar entre 2004 y 2007 en el marco de una causa iniciada a raíz de la denuncia que, en 2011, presentó el PAL fundado por el también procesado exregidor Juan Enciso.
El auto relata que los investigados J.G.G., F.G., G.G. y S.L.P., al objeto de adquirir una finca rústica situada en el paraje ejidense de Loma de los Hornillos, constituyeron en el año 2000 la sociedad 'Agrícola Euro Alpujarra SL' en la que se nombró como administrador al hermano del alcalde. La compra, según señala, se hizo efectiva por un precio de 300.506,05 euros y después "parte de la citada finca fue recalificada como urbanizable".
Detalla que, cuatro años después, J.G.G. y el investigado A.G.M. como administrador de la mercantil 'Murgi Edificaciones SL' suscribieron un contrato privado de compraventa mediante el cual la segunda compra a la primera 32.000 metros cuadrados de la finca objeto de procedimiento por 1.538.560 euros.
Ya en 2007, según remarca la resolución, ambos elevaron a público ese documento privado mediante escritura pública, "falseando el importe del precio, haciendo constar el de 791.648,30 euros más IVA".
"Para compensar el precio oculto, en esa misma fecha, ambas partes otorgaron escritura pública de compraventa mediante la cual 'Agrícola Euro Alpujarra' compraba a 'Murgi Edificaciones SL' dos locales comerciales de 120 y 118 metros cuadrados por la cuantía de 150.391,26 euros más IVA, falseando igualmente --añade la juez-- el precio ya que el de mercado de los mismos rondaba los 600.000 euros".
La instrucción habría acreditado indiciariamente, asimismo, que la sociedad de la que era socio el alcalde ejidense no declaró en el Impuesto de Sociedades de 2007 el importe "realmente recibido por la venta de la finca", por lo que con ello "habría defraudado a la Agencia Tributaria la cantidad de 296.072,03 euros".
El auto recoge que la "única" actividad de la mercantil 'Agrícola Euro Alpujarra SL' consistió "en la compra de la finca, la constitución de un préstamo hipotecario para proceder a la compra de la misma, la venta de la finca y compra de locales, y la posterior cancelación de la hipoteca constituida sobre la finca".
"TODOS SABEDORES Y CONOCEDORES"
La juez Juana María Gómez concluye que los cinco investigados "eran todos sabedores y conscientes de la falsedad de las escrituras públicas respecto al precio consignado en las mismas y del fraude a cometer a la Agencia Tributaria", por lo que tipifica los hechos como dos presuntos delitos de falsedad documental y un delito contra la Hacienda Pública.
En el caso del alcalde, su padre y el socio S.L.P., les da el rol de cooperadores necesarios porque, todos, "como accionistas", eran "conocedores y consintieron la falsedad documental, contribuyendo con su proceder de forma activa a que se alterara la realidad del precio".
Con respecto al delito contra la Hacienda Pública, sostiene que los tres "cobraron, a título particular y en función de su porcentaje de participación en la sociedad 'Agrícola Euro Alpujarra SL', el importe de la venta de la finca, contribuyendo con su proceder de forma activa a que se generara ese beneficio económico, que ellos recibieron y que fue el desencadenante del fraude".
A J.G.G. y A.G.M. les procesa como presuntos autores de dos delitos de falsedad documental, ya que ambos, como administradores de las mercantiles implicadas en la compraventa, "con el objeto de lograr una ilegal finalidad, cambiaron la realidad del precio de compraventa de la finca y de los locales comerciales, convirtiendo en veraz lo que no lo es".
Por último, al hermano del alcalde le procesa, al exceder el fraude de 120.000 euros, como autor del delito contra la Hacienda Pública ya que "tenía el deber, como administrador, de liquidar el impuesto".
La juez resalta en su auto que se han practicado las diligencias esenciales encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancias del hecho, como, según desgrana, declaraciones de los investigados, declaraciones testificales, pruebas documentales y una "extensa documental".
Las diligencias previas que ahora pasan a procedimientos abreviado se incoaron tras la denuncia formulada por el PAL bajo la dirección letrada del abogado Juan Carlos Calatrava, del despacho 'Confirma Abogados' por presuntos delitos de tráfico de influencias, falsedad documental, blanqueo de capitales y contra la Hacienda pública. Posteriormente se personó como acusación particular la AEAT.