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Expuesto a alegaciones el plan de restauración del proyecto de investigación de Aznalcóllar

Desde el pasado 20 de noviembre rige el periodo de información pública sobre el Plan de Restauración elaborado por la agrupación empresarial México Minorbis para su plan de investigación en el yacimiento minero de Aznalcóllar

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Desde el pasado 20 de noviembre rige el periodo de información pública, es decir consultas y alegaciones, sobre el Plan de Restauración elaborado por la agrupación empresarial México Minorbis, participada por la sociedad andaluza Magtel, para su plan de investigación en el yacimiento minero de Aznalcóllar (Sevilla), donde recientemente la Junta de Andalucía levantaba la suspensión cautelar de la adjudicación de la reapertura a dicha agrupación a cuenta de la conocida causa judicial.

   En concreto, y según la documentación consultada por Europa Press, fue el pasado 19 de noviembre cuando el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó un anuncio respecto a la "apertura de período de información pública del Plan de Restauración del Plan de Investigación en el derecho minero Zona Aznalcóllar", siempre "según resolución y aceptación del concurso internacional de fecha" 25 de febrero de 2015.

   Para consultar el expediente del plan de restauración, según dicho anuncio, es posible acceder al mismo en la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Sevilla, toda vez que fue el 19 de noviembre cuando arrancó este plazo de 30 días para consultar el expediente y formular alegaciones.


LA MINA DE AZNALCÓLLAR

   La mencionada causa judicial derivaba de la impugnación de la resolución del concurso internacional promovido por la Junta de Andalucía para adjudicar los derechos de explotación de la mina de Aznalcóllar, cerrada después del conocido desastre medioambiental de 1998. Al citado concurso concurrieron la agrupación empresarial México Minorbis, participada por la andaluza Magtel, y Emerita-Forbes Manhattan, siendo adjudicados los derechos de explotación al grupo México Minorbis.

   Tras ser resuelto el concurso, Emerita-Forbes Manhattan elevó a los juzgados una denuncia acusando a la Administración autonómica de haber incurrido en presuntos delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y fraude. Emerita, entre otros aspectos, señala que su oferta de inversión fue de 641,5 millones de euros frente a los 304,6 millones de euros ofrecidos por Minorbis.

   Merced a dicha denuncia, la juez Patricia Fernández Franco apreciaba "graves irregularidades" en el proceso de adjudicación y ordenaba tomar declaración a la directora general de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, María José Asencio, dado que entendía que la Administración andaluza no se habría atenido "al más mínimo rigor" a la hora de adjudicar los derechos de explotación de la mina.

   El Gobierno andaluz, de su lado, esgrimía un informe de la Intervención General de la Junta de Andalucía que defiende que el procedimiento de adjudicación "se ha ajustado a derecho", estando regido por la legislación minera y la Ley de Contratos Públicos. El informe, entre otros aspectos, expone el "cumplimiento de los trámites" obligados para un concurso de esta naturaleza, toda vez que un informe paralelo de los servicios jurídicos de la Junta avala también la adjudicación.

LA SUSPENSIÓN DE LA ADJUDICACIÓN

   No obstante, el Gobierno andaluz decidió suspender la adjudicación de los derechos de explotación de la mina a la espera de que se esclareciese el asunto y, a tal efecto, la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la administración andaluza suspendió de modo "eventual" la mencionada adjudicación, precisamente por la causa judicial en curso.

   Durante la investigación, la juez imputó en la causa por un presunto delito de prevaricación a siete personas, entre ellas la directora general de Industria, Energía y Minas, María José Asensio, cesada por tal motivo, la letrada de la Junta de Andalucía Pastora Sánchez de la Cuesta, y el interventor delegado en la Consejería de Hacienda y Administración Pública José Marcos.

   Pero finalmente, la juez ha ordenado el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones judiciales, porque "deberá ser la jurisdicción contencioso-administrativa la que resuelva los aspectos que son objeto de impugnación por las acusaciones". A juicio de la juez, que ha instruido no pocas diligencias, "el procedimiento observado ha sido el correcto" y no se puede apreciar que se haya cometido un delito de prevaricación.

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