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La Cámara de Cuentas: "Difícil situación" del Ayuntamiento de Granada

Entre sus recomendaciones, este órgano de control recuerda que la corporación local debe aprobar anualmente un presupuesto, que lo tiene prorrogado desde 2015

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  • Ayuntamiento de Granada. -
  • Se alude a una "situación de riesgo alto de sostenibilidad financiera"

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha alertado de "la difícil situación financiera" del Ayuntamiento de Granada, que "viene incumpliendo sistemáticamente el plan de ajuste" aprobado en 2012, así como el plan de saneamiento financiero y de reducción de deuda aprobado dos años después. Entre sus recomendaciones, este órgano de control recuerda que la corporación local debe aprobar anualmente un presupuesto, en tanto que lo tiene prorrogado desde 2015.

La Cámara de Cuentas se pronuncia de este modo en el informe sobre la fiscalización que ha realizado de la situación financiera del Ayuntamiento de Granada en el ejercicio 2015, cuyos trabajos de campo finalizaron el 28 de julio de 2017 y han incluido varias auditorías.

En el informe, consultado por Europa Press, se alude a una "situación de riesgo alto de sostenibilidad financiera" y se recuerda que la liquidación del presupuesto de 2015 pone de manifiesto que "se incumple el objetivo de estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto, por lo que la entidad local ha tenido que aprobar un plan económico-financiero para los ejercicios 2016 y 2017".

Se expone que la "difícil situación financiera de la entidad local" deviene de asuntos como el remanente de tesorería, cuya "creciente evolución y cuantía negativas" muestra una necesidad de financiación o falta de capacidad económica para hacer frente a las deudas "que tiene un efecto negativo significativo en la solvencia" del Ayuntamiento.

A pesar de que el remanente de tesorería viene siendo negativo en los últimos años, la Cámara de Cuentas inciden en que el pleno de la corporación "no ha adoptado ninguna de las medidas previstas" en la ley para solventar la solución, como la reducción de gastos por una cuantía igual al déficit producido o introducir cambios en el presupuesto del siguiente ejercicio.

DEUDAS CON LAS CONCESIONARIAS 

La Cámara de Cuentas también hace un repaso de las deudas del Ayuntamiento de Granada con las principales empresas concesionarias, como la del servicio público de autobuses, Transportes Rober, a la que a finales de 2016 le adeudaba 15,5 millones de euros.

En el caso de la empresa que presta el servicio de limpieza y recogida de residuos sólidos, Inagra, los impagos ascendían a 31 de diciembre de 2016 a 23,9 millones de euros, mientras que el ayuntamiento mantiene una deuda con el Servicio Provincial de Tratamiento de Residuos Municipales de 8,9 millones.

El nivel de endeudamiento en 2016 se situó en el 99,03 por ciento y el periodo medio de pago a proveedores superaba ya a finales de 2015 el plazo previsto en la normativa de morosidad.

Ante esa situación, la Junta de Andalucía propuso en 2016 unas líneas de actuación que, según estima la Cámara de Cuentas, "no se están cumpliendo" pues el periodo medio de pago ha aumentado en junio de 2017 a 134,36 días.

En el informe se expone así que el Ayuntamiento "viene incumpliendo sistemáticamente el plan de ajuste aprobado el 30 de marzo de 2012 y revisado el 27 de septiembre de 2013", sin que conste que el Ministerio de Hacienda haya adoptado ninguna medida al respecto. "También se incumple el plan de saneamiento financiero y de reducción de deuda aprobado el 31 de octubre de 2014".

Pese a todo ello, la Cámara de Cuentas matiza que todos los aspectos significativos que han sido analizados en estas auditorías "resultan conformes con la normativa aplicable".

INCUMPLIMIENTOS Y RECOMENDACIONES 

En el apartado de los "incumplimientos", el órgano de control externo del sector público de Andalucía advierte de que los expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito deben ser aprobados por el Pleno de la Corporación y no por la Junta de Gobierno Local.

Lo justifica en que la posibilidad de imputar a un ejercicio gastos devengados en ejercicios anteriores cuando en éstos no había suficiente consignación presupuestaria "debe ser acordada por el mismo órgano que tiene la competencia para aprobar los presupuestos", esto es, el pleno.

La Cámara de Cuentas recuerda entre sus recomendaciones que la Corporación local debe aprobar anualmente su presupuesto general y debe incluir en él previsiones suficientes para tener un superávit que permita enjugar el remanente de tesorería negativo, así como para poder imputar al mismo el importe de los acreedores pendientes de aplicación al presupuesto, que en 2017 ascendían a 10,2 millones de euros.

Dado el importe de las multas y sanciones que están pendientes de cobro, así como el grado de recaudación de las mismas, también considera conveniente que el ayuntamiento adopte el criterio previsto en la normativa y efectúe el reconocimiento de estos ingresos cuando se recauden y que continúe con el procedimiento de dar de baja los derechos pendientes de cobro, pues el 56 por ciento tienen una antigüedad de más de cuatro años.

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