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Martes 14/05/2024  

Provincia de Granada

Un juez anula la reprobación del Ayuntamiento a Francisco Cuenca (PSOE) por el caso 'Mercamed'

En la sentencia, de fecha 29 de julio y a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado en funciones de refuerzo del Juzgado estima así el recurso planteado por la representación legal de Cuenca, aunque rechaza su pretensión de ser indemnizado con 10.000 euros por "perjuicio moral"

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Granada ha anulado el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Granada que, con los votos del equipo de gobierno del PP, reprobó al portavoz socialista, Francisco Cuenca, el 29 de junio de 2012 tras la imputación de su pareja sentimental en el conocido como 'caso Mercamed', sobre las supuestas irregularidades cometidas durante el anterior mandato de PSOE e IU en la Diputación de Granada.

   En la sentencia, de fecha 29 de julio y a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado en funciones de refuerzo del Juzgado estima así el recurso planteado por la representación legal de Cuenca, aunque rechaza su pretensión de ser indemnizado con 10.000 euros por "perjuicio moral".

   Entiende el juez que en el caso de la reprobación, que llevó a la oposición --PSOE, IU y UPyD-- a abandonar el Salón de Plenos en señal de rechazo, se ha producido "una huida del derecho administrativo", creándose además el "precedente" de que en lo sucesivo la honorabilidad de los corporativos "quede al arbitrio de las mayorías" y "por tanto a criterios de poder u oportunidad política".

   De hecho, señala en el fallo, adelantado este fin de semana por el diario 'Ideal', que el Ayuntamiento no procedió antes de la reprobación a abrir un expediente a Cuenca, ni tampoco existía una sentencia judicial previa, imponiendo así "una censura pública" que no se limitó a pedir la dimisión, y que se hizo sin acudir al procedimiento disciplinario correspondiente, razón por la cual el acuerdo es "nulo de pleno derecho".

   Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

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