El jurado popular ha declarado este miércoles culpable de asesinato con alevosía y ensañamiento a Mohamed E.B., el acusado de acabar con la vida de su esposa a golpes con una pata de la cama en el domicilio que ambos compartían en Alhama de Granada en la mañana del 11 de octubre de 2010.
El tribunal popular ha considerado probado por unanimidad que el procesado, de 60 años, golpeó a su mujer, que entonces tenía 37, al menos hasta en 15 ocasiones "aumentando deliberada e inhumanamente su dolor" antes de morir, y que, después del crimen, se duchó, se cambió de ropa y se dirigió hacia una cabina telefónica para confesarle a la Guardia Civil lo que había hecho y pedirle que se personara en su vivienda.
El veredicto, que se ha hecho público pasadas las 13,00 horas de este miércoles, recoge también como probado que aquella mañana, y después de que los tres hijos del matrimonio se marcharan al colegio, el acusado y su esposa iniciaron una discusión porque ella iba a mudarse a una casa que le había concedido el Ayuntamiento en régimen de alquiler.
En el transcurso de la pelea, según el jurado, y "de forma sorpresiva", el procesado se situó por detrás de la mujer y la agarró de un pañuelo que tenía anudado al cuello con el objetivo de "inmovilizarla" y anular sus posibilidades de defensa, golpeándola al menos 15 veces, lo que le provocó, según la autopsia, una hemorragia subaracnoidea que acabó con su vida.
Por contra, y también por unanimidad, el tribunal ciudadano no ha considerado probado que el procesado sufriera un arrebato u obcecación a consecuencia de los insultos de su esposa, como él declaró, ni que perdiera el control olvidando que le había dado más de un golpe, aunque sí contemplan la circunstancia atenuante de confesión a la autoridad.
Tras la lectura del veredicto, la Fiscalía de Granada ha mantenido su petición de 25 años de prisión por asesinato, con alevosía y ensañamiento, y con la agravante además de parentesco, y una indemnización a los tres hijos menores del matrimonio de 300.000 euros. La misma solicitud de condena han mantenido tanto la acusación particular --que ejerce la hermana de la fallecida--, como las acusaciones populares --Abogacía del Estado y Junta de Andalucía--, aunque con cambios en su petición de responsabilidad civil, desde los 300.000 a los 600.000 euros.
La defensa, por su parte, ha manifestado su disconformidad con el veredicto, y mantiene que los hechos se enmarcan en un delito de homicidio, sin circunstancias agravantes, con lo que la pena debería ser de 12 años de cárcel.
En la primera sesión del juicio, el pasado viernes, el inculpado reconoció que "perdió el control" pero aseguró que "no recuerda nada", salvo que dio a su mujer un primer golpe en la cabeza después de que ésta le insultara en árabe.
Según dijo, aquella mañana, después de que sus tres hijos se marcharan al colegio, ella comenzó a mover muebles porque tenía la intención de mudarse a una casa que le había concedido el Ayuntamiento en régimen de alquiler. Según explicó, él quiso ayudarla, pero ella le contestó que no quería ni verlo y lo insultó, tras lo que él se "enfadó mucho" y le arrebató una pata de la cama que llevaba en la cama, agrediéndola con ella. Después de cambiarse la ropa, que tenía manchada de sangre, fue a una cabina telefónica y avisó a la Guardia Civil.