El Gobierno local ha reiterado, ante la solicitud del SAF de la revisión de oficio declarando su nulidad de 102 nombramientos de distintos puestos de la estructura municipal y la convocatoria de nuevos procedimientos de provisión de puestos de trabajo, que la provisión de los citados nombramientos a través de la figura de “Comisión de Servicio” responde a la legalidad vigente.
En este sentido, el Gobierno local ha recordado que la provisión de puestos de trabajo a través de esta figura viene recogida en el propio Real Decreto 364/1995 por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (artículo 64).
Se expresa en el citado artículo que "cuando un puesto de trabajo quede vacante podrá ser cubierto, en caso de urgente e inaplazable necesidad, en comisión de servicios de carácter voluntario, con un funcionario que reúna los requisitos establecidos para su desempeño en la relación de puestos de trabajo".
Asimismo, el vigente acuerdo-convenio sobre las condiciones de trabajo comunes del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Jerez para el período 2013-2015, en vigor desde el 21 de octubre de 2013, avala su legalidad porque recoge en su artículo 16 que todos los empleados del Ayuntamiento, a través de comisión de servicio, puedan ser nombrados para distintos puestos a través de la figura de comisiones de servicio, en similares términos a la normativa de carácter estatal anteriormente citada.
SEIS SENTENCIAS FAVORABLES DEL TSJA AVALAN LA RPT
El segundo teniente de alcalde y delegado de Personal y Seguridad, Javier Durá, ha destacado que “es la primera vez que en este Ayuntamiento se cubren puestos de la estructura municipal recurriendo a una figura perfectamente ajustada a derecho. Para recurrir a esta figura eran necesarias dos premisas inexistentes en el Ayuntamiento de Jerez hasta la llegada de este Gobierno: la creación y aprobación de una Relación de Puestos de Trabajo, que cuenta con el refrendo de seis sentencias favorables al Ayuntamiento dictadas por el TSJA que la avalan y la aprobación de un Acuerdo-Convenio que, por primera vez en la historia también de este Ayuntamiento, ha sido publicado y registrado ante la Autoridad Laboral y que, por lo tanto, tiene carácter de norma jurídica”.
Javier Durá ha recordado que, antes de la llegada del actual Gobierno al Ayuntamiento, “existía un caos organizativo en material de Personal que se puede resumir en la existencia de un catálogo de puestos de trabajo absolutamente desfasado, unas retribuciones no ajustadas al puesto de trabajo sino a las personas, unas bandas salariales inasumibles por una Administración Pública, nombramientos a puestos que se duplicaban y nombramientos que además obedecían a simples “resoluciones de Alcaldía” sin el menor encaje lógico en la normativa de la función pública”.
RESPETO AL ORDENAMIENTO JURÍDICO
En esta línea, el segundo teniente de alcalde y delegado de Personal y Seguridad, ha asegurado que “si bien el sistema de nombramientos por la figura legal de “comisiones de servicio” ha sido el primero en utilizarse ante la necesidad urgente de atender a las necesidades que originó la aprobación de la RPT, no es menos cierto que también se han puesto en marcha procedimientos de “Concurso de Méritos” para cubrir puestos de la estructura municipal. De hecho, están próximos a resolverse la asignación de 16 puestos a través de este sistema”.
“La gestión de Personal de este Gobierno local se está desarrollando desde el más absoluto respeto al ordenamiento jurídico, poniendo orden donde había caos y arbitrariedad retributiva manifiesta”, ha concluido Durá.