La Sección Primera de la Audiencia de Jaén ha confirmado de forma íntegra la sentencia del juzgado de Primera Instancia número 5 de Jaén en la que se declara nulo el acuerdo adoptado por una comunidad de propietarios de la capital jiennense que permitió sepultar bajo más de 3.000 metros cúbicos de tierra un yacimiento arqueológico para ser utilizado por los vecinos como jardín privado y acceso de vehículos, todo ello resguardado por un muro de cuatro metros de altura.
En la sentencia, a la que ha accedido Europa Press, se declara nulo el acuerdo de la junta de propietarios adoptado el 23 de octubre de 2014 por entender que debería haberse adoptado por unanimidad y no por mayoría como se hizo en su momento. De esta manera se da la razón a uno de los tres vecinos que impugnó dicho acuerdo y que lo llevo a los tribunales. La sentencia establece que la aceptación de la cesión-donación del solar colindante al residencial "supone un acto de disposición y por tanto exige unanimidad, la cual no se consiguió en la reunión en la que se adoptó el acuerdo, estando acreditadas las impugnaciones de al menos tres propietarios".
La comunidad de propietarios Bulevar Jardín aceptó la cesión gratuita de la parcela por parte de sus dueños, dos conocidas firmas promotoras de Jaén. Una vez que la comunidad aceptó dicha cesión, en febrero de 2016 comenzaron los trabajos para sepultar los restos arqueológicos y recuperar esta zona como jardín. Para ello, obtuvieron el visto bueno de la Delegación de Cultura, para que la actuación garantizara la conservación de los restos hallados en el solar y que se encuentran situados en Marroquíes Bajos.
A través de una resolución de fecha 1 de diciembre de 1998, la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía estableció la preservación integral de toda esta zona del barrio del Bulevar por la aparición de importantes restos arqueológicos.
La parcela en cuestión se encuentra próxima a otro solar en la calle Miguel Castillejo donde la Junta anunció hace casi dos décadas un parque arqueológico al aire libre para aprovechar los restos aparecidos en el yacimiento de Marroquíes Bajos, que data de la Edad del Cobre.
Una vez que la Audiencia ha confirmado la sentencia, el vecino que ha llevado el asunto a los tribunales ha registrado un escrito en el Ayuntamiento de Jaén en el que se solicita que se ejecute un expediente sancionador contra la comunidad de propietarios y los técnicos que "han facilitado la urbanización injusta del yacimiento".
En dicho escrito se recuerda que el Ayuntamiento concedió una licencia de obra para la limpieza del solar en cuestión, licencia que "no contemplaba el vertido de 3.203 metros cúbicos de tierra, ni la integración del yacimiento como jardín privado, o acceso de vehículos".