El tiempo en: Ronda
Miércoles 26/06/2024  

España

La opinión de los juristas

Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
La sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla sobre el juicio por la desaparición y muerte de Marta del Castillo, que condenó a Miguel Carcaño a 20 años por un delito de asesinato y absolvió a los otros tres mayores acusados, ha provocado polémica. Nos hemos puesto en contacto con expertos en leyes para que nos den su opinión al respecto. Les hemos trasladado estas tres preguntas que los letrados contestan a continuación:
1. ¿Comparte la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla en el caso Marta del Castillo o cree que podría haber sido de otra manera? ¿Por qué?
2. ¿Le causa sorpresa que entre en contradicción en algunos aspectos con la dictada anteriormente contra el menor apodado ‘El Cuco’, en el mismo caso?
3. Tras este caso, ¿cree necesario realizar alguna reforma legal en España o le parece suficiente el actual ordenamiento jurídico?

José Manuel García-Quílez (GARCÍA-QUÍLEZ ABOGADOS, SLP)

1. Mi impresión es que la sentencia se encuentra ampliamente fundada y que la Sala se ha esforzado en dar la respuesta judicial que el asunto, no sólo por su trascendencia jurídica, sino por su difusión mediática, merece, con independencia de que el resultado guste más o menos.
2. Sinceramente no, puesto que la propia sentencia se encarga de justificarla. Otra cosa es que la crítica que ello conlleva merezca alguna consideración de cara a posibles reformas legislativas.
3. En mi opinión, no es bueno que un ordenamiento jurídico se modifique por la repulsa repentina que pueda provocar un concreto asunto como el sucedido a esta familia, cuyo horroroso calvario ha sido ampliamente difundido y amplificado mediáticamente, lo que provoca la sensación de que la respuesta del sistema nunca será suficiente.

Miguel Villegas Berdejo (LEGALSUR ABOGADOS)

1. La sentencia, a partir de los hechos probados, delata el esfuerzo de la Sala por no dejar desatendido ninguno de los interrogantes. La crítica valoración del sentido del fallo y su acertada adecuación al resultado de la prueba sólo compete a las partes intervinientes.
2. Entiendo que algunas circunstancias y situaciones derivadas de este complejo caso puedan haber generado cierta perplejidad social e incluso indignación. Es preciso acercarse con extraordinaria cautela técnica como con cualquier otra compleja ciencia, y el derecho penal lo es.
3. Personalmente no lo creo. Desde una perspectiva técnica entiendo que el actual sistema penal está dotado de las adecuadas respuestas frente a los ataques que se produzcan, aunque queda pendiente la reforma procesal.

Manuel Salinero González-Piñero (RZS AGOGADOS)

1. En general comparto la sentencia. Es un trabajo verdaderamente concienzudo de excelentes magistrados que juzgan con las pruebas que tienen delante y con la legislación aplicable. Hay puntos en que se puede discrepar, pero para ser diferente deberían haberse aportado pruebas distintas y más contundentes que destruyeran la presunción de inocencia.
2. El Supremo tiene reiteradamente resuelto que los hechos probados en la jurisdicción de menores no vinculaban al Tribunal.
3. No creo procedente hablar de reformas al hilo de polémicas como ésta y con una familia tan enormemente destrozada. Nunca hay que pensar en reforma alguna que suponga condenar cuando un tribunal entiende que no hay pruebas. Sí soy partidario de reformar la ley del Menor.

Miguel Salas (SALAS & DONAIRE)


1. Creo que los tribunales deben dictar sus sentencias de manera libre e independiente. En este caso han existido presiones muy fuertes para obtener un pronunciamiento distinto, y aún asi los magistrados han dictado una sentencia que considero ajustada a la Ley.
2. No me causa sorpresa, y es una posibilidad que, legalmente, podía existir. Hubiera sido preferible una coincidencia en la exposición de los hechos probados, pero la disparidad no desmerece la legitimidad de ambas resoluciones.
3. Las leyes penales no son lo blandas que una gran parte de la sociedad cree. Reformas legales y adaptación de las que hay, siempre es necesario. Pero el enjuiciamiento de estos lamentables hechos no creo que se haya visto afectado por normas que han de ser modificadas por obsoletas.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN