El tiempo en: Ronda

El Puerto

Inicio del proceso de elecciones en el Resucitado

Se procede a abrir un plazo de revisión del censo desde el próximo 11 de junio hasta el 12 de agosto

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • Resucitado -

La Hermandad de Nuestro Señor Jesucristo Resucitado y de Nuestra Señora de la Alegría inicia el proceso de elecciones según manda la vigente Normativa Diocesana de Hermandades y Cofradías sobre la celebración del Cabildo Extraordinario de Elecciones.

Por disposición del Secretariado Diocesano de Asidonia-Jerez se procede a abrir un plazo de revisión del censo desde el próximo 11 de junio hasta el 12 de agosto de 2014, en horario de 19h a 21h los lunes y miércoles, donde los hermanos deberán comunicar cualquier cambio o error en sus datos.

Una vez pasado este plazo se abrirá otro para presentación de candidaturas desde el día 13 de agosto al 12 de septiembre de 2.014, en el mismo horario de revisión del censo. La inscripción de los candidatos se hará en la Secretaría de la Hermandad, estando obligado el Secretario a expedir una certificación que le acredite que se ha presentado como candidato.
 

Requisitos para ser candidato
Haber realizado los cursos de formación requeridos (cf. Arts. 5, 2º y 14 §2).
1º. Tener más de dieciocho años de edad y ostentar una antigüedad mínima en la Hermandad de tres años ininterrumpidos.
2º. Que su residencia le permita atender las obligaciones del cargo para el que se presenta.
3º. Presentar junto con su candidatura, si es de estado soltero, Fe de Bautismo y Certificado Literal del Registro Civil y, si es de estado casado, sendas partidas de matrimonio canónico y civil.
4º. No ejercer cargos directivos en otra Hermandad y Cofradía.
5º. No desempeñar cargo de dirección en partido político, o de autoridad civil ejecutiva nacional, autonómica, provincial o municipal.
6º. No haber presentado dimisión o renuncia de la Junta de Gobierno de esa u otra Hermandad dentro de los cinco años previos a la fecha de las elecciones en la Hermandad.

Para Hermano Mayor
Además de los requisitos anteriores, tener más de veinticinco años de edad y una antigüedad mínima en la Hermandad de cinco años ininterrumpidos.

Aprobación del censo y de candidatos
La Junta de Gobierno, una vez concluidos los anteriores procesos, en el plazo de siete días, se reunirá para aprobar el censo de hermanos definitivo que incluirá el anexo de rectificaciones, las candidaturas presentadas y certificar la idoneidad de los candidatos. Si algún candidato no cumple los requisitos exigidos en los Arts. 55 y 56 de las Normas Diocesanas, la Junta de Gobierno se lo comunicará, concediéndole un plazo de siete días para efectuar alegaciones.
Recibidas las mismas, la Junta de Gobierno resolverá en cinco días advirtiéndole del derecho de recurso ante la Autoridad Eclesiástica.
Posteriormente, la Junta de Gobierno enviará por duplicado el anexo de rectificaciones y las candidaturas a la Delegación Diocesana de HH. y CC.
No podrán ejercer su derecho al voto aquellos hermanos que, transcurridos los plazos señalados, no aparezcan en el censo de votantes, o bien, en el anexo de rectificaciones. De igual modo, no podrán presentarse como candidatos aquellos hermanos que, razonablemente, no han sido considerados idóneos por la Junta de Gobierno.

Visto Bueno al censo y candidaturas
Transmisión de documentación al Ordinario del lugar, quién, solicitará un informe del Director Espiritual sobre la idoneidad de cada candidato, quién podrá pedir otros informes al Párroco de la Sede canónica de la Hermandad, a aquel del domicilio del candidato, y a otras personas de buena fama y probada prudencia. Si nada obsta al procedimiento seguido, dicha Delegación transmitirá el Visto Bueno al anexo de rectificaciones y a las candidaturas presentadas. En caso de que algunos de los candidatos no cumplan los requisitos establecidos se denegará su candidatura, quedando el derecho de recurso al Ordinario del Lugar.

Convocatoria
Se realizará mediante cédula personal, a todos los hermanos con derecho a voz y voto. En dicha convocatoria, el Secretario se encargará personalmente de transmitir por carta a los hermanos del censo el listado de todos los candidatos que se presenten, así como la fecha, horario y lugar en que se celebrará el cabildo de elecciones.
Todo hermano que desee presentarse como candidato/a deberá cumplimentar el impreso que se adjunta, uniendo Fe de Vida o Bautismo y Certificado Literal del Registro Civil, si es de estado soltero, y si es de estado casado, sendas partidas de matrimonio canónico y civil, entregándolos al Secretario de la Hermandad, el cual les expedirá certificación acreditativa de la presentación de la misma. El Secretario enviará las recibidas al Secretariado Diocesano de H.H. y C.C. junto a las certificaciones legalmente establecidas.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN