El tiempo en: Ronda

Almería

Dos años por pegar con una silla al dueño del bar del que echaron

El condenado golpeó a la víctima con una silla metálica y le ocasionó varias heridas, además de un traumatismo craneoencefálico

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai

El Juzgado de lo Penal número 2 de Almería ha condenado a dos años de prisión a un varón por un delito de lesiones al dueño de un establecimiento situado en Fines (Almería) después de que éste le echara del local. El condenado golpeó a la víctima con una silla metálica y le ocasionó varias heridas, además de un traumatismo craneoencefálico.

Según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado considera probado que el 2 de noviembre de 2012 el condenado fue expulsado del local que regentaba la víctima a las 7,30 horas "debido a su comportamiento".

Sin embargo, el acusado volvió a entrar "aporreando la puerta" y "vociferando" lo que le recriminó el dueño del local, siendo entonces cuando el acusado "con la intención de menoscabar la integridad física" la emprendió a golpes con él "propinándole puñetazos" y "llegando a golpearle con una silla metálica en la cabeza".

Como consecuencia de estos golpes, la víctima sufrió "traumatismo craneoencefálico con herida inciso contusa frontal izquierda", que precisaron para su curación una primera asistencia facultativa y un posterior tratamiento médico, consistente en cura y sutura de la herida y retirada de puntos, "lesiones que tardaron en sanar diez días, de los cuales tres fueron impeditivos" quedándole como secuelas "cicatriz lineal, normocrómica" localizada en "región frontal de unos tres centímetros de longitud" lo que le "ocasiona un perjuicio estético ligero en su rango bajo". El agredido no reclama indemnización por las lesiones sufridas

De la valoración de las pruebas practicadas en este juicio, el magistrado llega a la conclusión de que los hechos declarados probados "reúnen todos los elementos configuradores del delito por el que se ha formulado acusación" y que se ha practicado prueba de cargo "suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia que ampara al acusado", procediendo a la condena del mismo.

Añade el magistrado que "llega a esta convicción" debido al estado de "nerviosismo" del autor de los hechos cuando fue detenido e, incluso, a su "agresividad" lo que llevó a que le fuera imputado inicialmente un delito de "resistencia a los agentes de la autoridad". Con todo, expone en los fundamentos de derecho que "existe prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia"

El fallo del juez también refleja que el agresor causó lesiones a una segunda persona que quedó "inconsciente aunque no quisiera denunciar". Aunque existen consecuencias económicas para el denunciante, que "perdió la gestión del negocio que regentaba", "en un acto de generosidad probablemente por el paso del tiempo", este decidió renunciar a la indemnización.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN