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Almería

Carboneras recurre al TS la sentencia que le obliga a revisar la licencia del Algarrobico

Sostiene que en la última sentencia en torno al hotel "se estaría vulnerando el principio de seguridad jurídica y, por tanto, la "tutela judicial efectiva"

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  • Detalle de la fachada del Tribunal Supremo. -

El Ayuntamiento de Carboneras ha recurrido ante el Tribunal Supremo (TS) la sentencia de julio que le obliga a iniciar la revisión de oficio de la licencia de obras del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico por posible nulidad ya que estima que el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) se "opone frontalmente" a lo ya dicho por el propio TSJA, que, en 2014, "denegó la pertinencia" de iniciar ese procedimiento.

El recurso de casación, consultado por Europa Press, sostiene que en la última sentencia en torno al hotel "se estaría vulnerando el principio de seguridad jurídica y, por tanto, la "tutela judicial efectiva".

El consistorio carbonero discrepa del criterio que esgrimió la sala para rechazar tener en cuenta ese fallo de 2014 a la hora de dictar la resolución que le insta a iniciar la revisión de oficio de la licencia municipal de obras.


El tribunal consideró que no había prejudicialidad porque la anterior sentencia "únicamente ponderaba la existencia de posibles causas de nulidad en el planeamiento municipal" que permitió conceder la licencia de obras.

En aquella fecha, según añadió, "aún no había sido declarado nulo" en vía judicial el citado planeamiento municipal por ser el paraje de El Algarrobico parque natural y, por tanto, suelo "no urbanizable de especial protección" mientras que en la actualidad ya hay pronunciamientos firmes sobre su nulidad.

Para el Ayuntamiento, sin embargo, la sentencia de 2014 "no se limitó, ni mucho menos, a indicar la falta de constancia de la anulación de los planes urbanísticos que servían de soporte a la licencia", sino que, "por el contrario y expresamente, denegó que la declaración de nulidad de aquellos planes pudiera servir como causa de nulidad de la licencia".

"Señala la sentencia que aquellos vicios de planeamiento, que podrían invocarse a través del mecanismo de impugnación indirecta de disposiciones generales en un recurso directo frente al acto de aplicación, no son por si mismos causa de nulidad en el caso de instarse un procedimiento de revisión de oficio de actos administrativos, en nuestro caso la licencia", remarca el recurso.

El Ayuntamiento de Carboneras detalla que la licencia "cuya revisión de oficio" pretende el TSJA ahora "resultó amparada por diversos instrumentos de planeamiento en los que tuvieron intervención las diferentes administraciones públicas con competencias sectoriales" y cita hasta ocho de estos instrumentos, tanto de la Dirección General de Costas como de la Junta de Andalucía.

"La presente sentencia se opone frontalmente a los pronunciamientos de la sentencia anterior, dictada por el mismo TSJA en relación a la pertinencia o posibilidad de la revisión de oficio de la misma licencia, lo que, en los términos expuestos, supone la infracción del principio de seguridad jurídica, interdicción de la arbitrariedad, igualdad y derecho a la tutela judicial efectiva", concluye.

Greenpeace también ha presentado recurso de casación al Supremo en este caso para solicitar que acuerde la demolición del hotel de Azata del Sol en El Algarrobico, en Carboneras (Almería) que sí desestimó el Alto tribunal andaluz ya que considera que "no tuvo en cuenta" el "efecto de nulidad en cascada".

El colectivo conservacionista ha advertido al TSJA de que la modificación del planeamiento urbanístico de Carboneras que califica El Algarrobico como suelo no urbanizable de especial protección y que apareció publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) en septiembre no tiene "valor alguno", y de que se trata de una "maniobra municipal" para "eludir" la acción de la justicia.

La sala había requerido días antes al ayuntamiento para que anulase los sectores urbanísticos ST-1, donde se asiente el hotel de Azata del Sol, y ST-2 o El Canillar, que lo que se publicó en BOP el pasado día 16 es una "dación de cuentas" de la citada modificación que, sin embargo, "no ha sido aprobada provisionalmente por el pleno" de la corporación local.

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