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Galicia

El TSXG avala la declaración de la playa de La Lanzada como espacio natural

El tribunal tumba la petición del Instituto de Estudios Portuarios, Marítimos y Costeros

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  • Tribunales. -

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha avalado la declaración de la playa de La Lanzada, en El Grove (Pontevedra), como espacio natural frente a la reclamación del Instituto de Estudios Portuarios, Marítimos y Costeros, que solicitaba que el arenal fuese catalogado como urbano.

En una sentencia emitida el pasado 20 de septiembre por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG, los magistrados desestiman el recurso presentado por el Instituto de Estudios Portuarios, Marítimos y Costeros a la declaración por parte de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda del arenal pontevedrés como espacio natural comprendido dentro de las áreas de conservación Red Natura 2000.

El colectivo, que puede ahora presentar un recurso de casación contra la decisión del TSXG, solicitaba la impugnación del decreto que declara La Lanzada como espacio natural y pedía que la playa fuese catalogada como urbana porque cuenta con acceso peatonal y rodado, suministro de agua potable, energía eléctrica y red de alcantarillado.

Una argumentación que tumba el alto tribunal, que incide en su fallo que el arenal forma parte de dos espacios naturales protegidos: la zona de especial connservación de la naturaleza del complejo Ons-O Grove y la zona de especial protección para las aves del complejo intermareal Umia-O Grove.

Ambos espacios, en los que está integrada la playa de La Lanzada, forman parte de la Red Natura 2000, una figura de protección de la biodiversidad a nivel europeo. Además, los magistrados inciden en su argumentación que en la catalogación del espacio se tuvo en cuenta la existencia de "tramos" dentro del propio arenal, incluidos aquellos dotados con servicios.

"Sea cual sea la clase de suelo y la entidad urbana de las zonas limítrofes, si una playa forma parte de un espacio protegido, se clasifica como natural. De forma que ha de entenderse que se trata de una categorización motivada, no se puede considerar arbitraria", remarcan los jueces que firman la sentencia.

En ella también subrayan que el proceso por el que fue declarado espacio natural a través del decreto del año 2019 respetó los criterios del Reglamento General de Costas.

Así las cosas, establece que la totalidad de la playa está integrada en Red Natura 2000 y "no solo el espacio externo", como pretendía el Instituto de Estudios Portuarios, Marítimos y Costeros.

"No procede diferenciar tramos en la forma pretendida, ni clasificar tramos de urbano porque dispongan de algún servicio, en especial en verano", cocluyen los jueces, que, por lo tanto, sentencian que la declaración aprobada por la Xunta "se ajusta a la realidad".

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