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España

Ampliado el plazo hasta el 15 de mayo para solicitar la PAC

El Gobierno recoge la prórroga de la fecha límite debido a las restricciones al movimiento por el estado de alarma

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  • Agricultura y cultivos en Andalucía. -

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha ampliado en toda España, hasta el 15 de mayo, el plazo de presentación de la solicitud única de los pagos directos a la agricultura y ganadería (PAC) para el año 2020 con motivo de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus.

Así, mediante una orden ministerial publicada ya en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Gobierno recoge la prórroga de la fecha límite que estaba prevista para el próximo 30 de abril y que debido a las restricciones al movimiento por el estado de alarma se amplía hasta el 15 de mayo.

Según el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, se trata de una medida que "dará mayor tranquilidad a los beneficiarios de la PAC", a la espera de que la Comisión Europea desarrolle el reglamento comunitario que lo prorrogará hasta el 15 de junio.

Tal y como explica el Ministerio en un comunicado, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), junto a las autonomías, impulsa los procesos de presentación telemática de la solicitud única y promueve alternativas para aprovechar los mecanismos tecnológicos para que su presentación y gestión se realice con normalidad.

La presentación telemática de la solicitud la puede realizar el beneficiario directamente o mediante entidades colaboradoras. Las autoridades competentes de las autonomías proporcionarán las instrucciones necesarias. Mediante citas telefónicas o cualquier otra vía de comunicación establecida por cada comunidad, los beneficiarios contarán con asistencia de organizaciones agrarias, entidades financieras, oficinas comarcales para realizar el trámite en plazo.

El Gobierno asegura que se tomarán las medidas necesarias para que este proceso de captura telemática sea lo más "ágil posible", aunque reconoce que existen alternativas para realizar una modificación posterior. Así, en caso de no poder cumplimentar todos los datos requeridos, podrán completarse o corregirse con posterioridad.

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