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El SAS deberá pagar 11.759 euros por un retraso diagnóstico

El paciente sufre secuelas en un dedo en el que ha perdido la movilidad

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  • Hospital de Jerez. -

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 14 de Sevilla ha dictado sentencia por la que condena al SAS a indemnizar a D. G.M.G en la cantidad de 11.759,48 euros por la incorrecta atención médica recibida en el Hospital  de Jerez, debido a la cual le ha quedado como secuela una deformidad en el segundo dedo de la mano izquierda conocida como “ dedo de boutoniere”, consistente en que el dedo queda como un ojal ( traducción del francés “boutoniere”), es decir, doblado y rígido perdiendo totalmente la movilidad. Según apuntan desde el Bufete Ortiz Abogados, los hechos se remontan a octubre de 2014 en que el reclamante reparando su vehículo se hizo un corte en el segundo dedo de la mano izquierda, por lo que acudió al centro de salud de Jédula desde donde lo derivaron al hospital por posible afectación del tendón.

Ese mismo día en Urgencias tras exploración, con buena movilización del dedo, se descartó la afección tendinosa, por lo que se procedió a realizar cura local y a suturar la herida; pero una semana después, al retirar los puntos de sutura, se apreciaron signos de infección, por lo que se le indicó tratamiento antibiótico. Después de 14 días de evolución el dedo continuaba con buena movilidad según Informe de Urgencias de 25/10/2014, donde se volvió a descartar afección tendinosa indicándosele continuar con tratamiento antibiótico y analgésico y a realizar ejercicios de rehabilitación en su domicilio. Sin embargo, el día 19 de diciembre de 2014 en  Traumatología se aprecia que el dedo lesionado presenta una clínica similar a la de un “dedo en boutoniere”, y es entonces cuando se pide RNM para ver si existe afectación del tendón, que se realiza el 7 de enero de 2015 y se informa el 16 de enero, concluyendo que existe discontinuidad de tendón extensor del 2º dedo a nivel de cabeza de falange proximal.

El 27 de julio de 2015 en consulta con Traumatología se evalúa este Informe y se deriva a Unidad de Mano para valorar posible intervención sin que a la fecha de la reclamación previa, formulada el 17 de diciembre de 2015 se le hubiera citado. Retraso diagnóstico Además del retraso en la cita con Traumatología el día 27 de julio de 2015 se deriva al paciente a la Unidad de Mano para valoración de tratamiento quirúrgico, sin que a fecha de la reclamación previa, formulada el día 17 de diciembre de 2015, es decir transcurridos 11 meses desde que se informara la RNM, todavía nos e hubiera citado al paciente para su valoración en la Unidad Especializada de Mano. Si bien el SAS aceptó su responsabilidad en vía administrativa, si bien acordando indemnizar al paciente con  5625,44 euros, cuantía que se eleva ahora casi al doble.

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