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Málaga

Seis condenados por matar a un hombre para robar 30 kilos de coca

Además, se condena a otros cinco acusados por participar en los hechos, pero no por el asesinato y a un acompañante del fallecido

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  • Audiencia de Málaga- -
  • Se hicieron pasar por compradores para robar la cocaína que el asesinado guardaba en su vivienda

La Audiencia de Málaga ha condenado a seis miembros de un grupo criminal por acabar con la vida de un hombre y robarle los alrededor de 30 kilos de cocaína que tenía en su poder en una vivienda, tras contactar con él simulando que querían comprar la sustancia. Además, se condena a otros cinco acusados por participar en los hechos, pero no por el asesinato; y a un acompañante del fallecido.

Según se declara probado en una sentencia de la Sección Novena, los principales acusados que han resultado condenados se dedicaban a localizar a personas de origen colombiano o sudamericano "que se dedicaban a traficar con cocaína, con el fin de proceder a la sustracción de la droga, aunque para ello fuera necesario el empleo, incluso, de violencia".

Así, según se indica en la resolución dictada por la Audiencia malagueña, a la que ha tenido acceso Europa Press, estos llevaban "al menos desde el año 2014 realizando seguimientos a distintas personas relacionadas con este tipo actividad y usando para ello armas, distintivos y ropas propias de la Policía para disimular sus intervenciones".


Los supuestos organizadores de estas operaciones eran dos hombres, ahora declarados en rebeldía y no han sido juzgados. Dentro de esta actividad, se preparó una reunión en mayo de 2015 en Madrid a la que asistieron la mayoría de los acusados y en la que una mujer no identificada habló de una importante partida de cocaína en poder de la víctima y de otro hombre, que ha resultado condenado por tráfico de drogas.

Así, la sentencia señala que "con el propósito de hacerse con la
sustancia estupefaciente referida, elaboran un plan consistente en viajar hasta Málaga y dirigirse al lugar donde la sustancia se encontraba, simulando interés en comprarla". Para eso, se lograron billetes falsos y realizaron vigilancias y seguimientos, haciéndose pasar uno de los procesados por el supuesto comprador.

La Sala considera probado en su resolución que se organizó una reunión en un hotel de Benalmádena (Málaga) para esa compraventa, mientras que la mayoría de los acusados se desplazaba hasta la vivienda donde estaba la sustancia para esperar escondidos, ya que "lo pactado era que una vez que sacaran la droga, se la arrebatarían y huirían".

Pero, una vez que los acusados mostraron el dinero, que estaba en bolsas al vacío, la víctima se percató de que eran falsos y sacó un arma, tras lo que seis de los procesados le redujeron y, "tras maniatarle con unas bridas de plástico, le dispararon tres veces, causándole la muerte en el acto", señala la sentencia. Después, se dieron a la fuga.

Además, se apoderaron de la sustancia estupefaciente, que resultaron ser unos 30 kilos de cocaína distribuidos en 28 paquetes, valorado en 1,1 millones de euros. La Guardia Civil logró localizar el vehículo en la huida, por lo que uno de los acusados arrojó una de las pistolas por la ventanilla. Finalmente, los procesados fueron detenidos y se practicaron varios registros domiciliarios.

Por estos hechos, se condena a los principales acusados por los delitos de asesinato, contra la salud pública, tenencia ilícita de armas y robo con intimidación, imponiendo unos 29 años de cárcel a cada uno. A otros procesados sólo se les condena por algunos de estos delitos, con penas que oscilan entre los diez años y medio y los 23 meses de prisión.

No obstante, uno de esos principales acusados ha colaborado "desde el primer momento" con la Policía para conseguir resolver este procedimiento, confesando los hechos, así como aclarando la participación de cada uno de los procesados, dice la Sala, por lo que se le aplica la atenuante de confesión y la pena se fija en siete años y medio de cárcel.

El Tribunal desestima las nulidades alegadas por las defensas como cuestiones previas y considera que "ninguna vulneración de derecho fundamental cabe apreciar", ya que las resoluciones judiciales que acordaron las diligencias de entrada y registro cumplían "las exigencias legales" y concurrían "los principio de necesidad, idoneidad y proporcionalidad".

Asimismo, uno de los magistrados ha emitido un voto particular en el que considera que dos de los principales acusados que han sido condenados deberían ser absueltos del delito de asesinato, al no quedar probado suficientemente o existir dudas de que estuvieran presentes en el momento en el que se cometió el crimen.

 

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