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30/06/2024  

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Rebajan la pena de cárcel a un pedófilo de la red

El Tribunal Supremo ha rebajado de seis a dos años de cárcel la pena a la que fue condenado un pedófilo que distribuía pornografía infantil en la red porque el acusado no tuvo contacto con los niños que aparecían en los archivos descargados de la red, al no participar en su elaboración ni producción

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El Tribunal Supremo ha rebajado de seis a dos años de cárcel la pena a la que fue condenado un pedófilo que distribuía pornografía infantil en la red porque el acusado no tuvo contacto con los niños que aparecían en los archivos descargados de Internet, al no participar en su elaboración ni producción.

Tomás O.R. fue condenado el 14 de noviembre de 2008 por la Audiencia Provincial de Barcelona a seis años de cárcel por un delito de distribución de pornografía infantil después de que la Guardia Civil incautara en su ordenador más de 3000 archivos de contenido pedófilo.

El material incautado consistía en vídeos y fotografías en los que se veían a menores de 13 años desnudos o semidesnudos “practicando sexo explícito, felaciones y penetraciones entre ellos mismos o con adultos”.

La Sala de lo Penal del TS ha estimado parcialmente el recurso presentado por el acusado y rebajó en cuatro años la pena de cárcel al considerar que no existe prueba acreditativa de que Tomás O.R. “haya utilizado a menores de edad para elaborar el material”.

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