El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que en 2015 declaró ilegal la reapertura de la mina de cobre Las Cruces en Sevilla llevada a cabo en 2009.
Con esta sentencia, el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por la Junta de Andalucía y la empresa que explota la mina, Cobre Las Cruces, S.A.U., que se oponían a lo decidido en junio de 2015 por el TSJA en relación a la reapertura de la mina.
En 2008 la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) instó con una resolución a que se suspendiese la actividad del Sistema de Drenaje-Reinyeccion (SDR) de la mina ya que estaba contaminando las aguas subterráneas del acuífero de Gerena con arsénico y extrayendo ilegalmente el agua.
En dicha resolución, la CHG declaró que "se deberán adoptarse todas las medidas necesarias para evitar cualquier tipo de daño perjuicio que pueda derivarse para el medio ambiente".
La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa reforzó esta medida en 2008 y ordenó mantener la suspensión "en aras de la seguridad minera,a la conservación de la integridad de la superficie, la conservación del recurso y la protección del medio ambiente".
La sentencia del TS ha desestimado lo firmado por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa al autorizar el 7 de abril de 2009 el reinicio de las labores mineras, sin que la CHG hubiese levantado la suspensión de las SDR.