El usufructo de la finca fue ejercido durante más de medio siglo al matrimonio formado por I.T.L. y M.G.C., ambos ya fallecidos. Sin embargo.
Los terrenos estaban conformados por una vivienda, unas heras, un corral y otro más pequeño para la cría de cerdos. Tres nuevos testigos presentados por la defensa, todos ellos de avanzada edad y vecinos de la zona de toda la vida, admitieron durante su testimonio que la pareja había disfrutado del terreno todos esos años, pero ninguno pudo acreditar que contaran legalmente con su titularidad.
De hecho, años atrás se retiró a M.G.C. -quien heredó las tierras a la muerte de su marido- el derecho a residir en la casa. Paralelamente, M.E.C.M. compró a otro vecino su casa, situada junto a esta parcela.
Al morir también M.G.C., esta habría transmitido los terrenos a manos de la empresa inmobiliaria Betin S.L., si bien M.E.C.M. presentó una oposición considerada “motivada” por un auto civil afirmando, en principio, que eran de su propiedad. Después, según la versión de Betin S.L. obtuvo dos certificaciones de la Delegación de Medio Ambiente de Tarifa sugiriendo que las tierras fueran de titularidad pública, lo que según él fue entrar en una contradicción.
Otra versión
El fiscal considera que la asignación de titularidad a la mujer es justa por la ausencia de reacción contraria del Ayuntamiento, y que el auto inicial del juzgado de primera instancia considera que no se había acreditado la titularidad legal de los terrenos por el matrimonio y Betín S.L., lo que da validez a su posición.