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Sábado 29/06/2024  

Jerez

Condenado a cinco años de prisión el autor del crimen del botellódromo

El juez le ordena a pagar una indemnización de 120.000 euros a los padres del menor y otros 80.000 a los hermanos y absuelve al Ayuntamiento de toda responsabilidad civil por los hechos

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  • Los procesados en el juicio. -

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a cinco años de prisión a Jaime D.R. por el homicidio del menor Jairo Gómez en julio de 2012 tras asestarle cuatro puñaladas en una pelea ocurrida en el botellódromo de Jerez. En la sentencia, a la que tuvo acceso este periódico, el juez también ordena al condenado a indemnizar a los padres del menor con 120.000 euros y a los dos hermanos con otros 80.000, además de abonar la mitad de las cosas procesales, incluidas la mitad de la acusación particular.


Asimismo, en el fallo el magistrado absuelve al Consistorio, que tuvo que responder en el juicio como responsable civil subsidiario, al ocurrir los hechos en el recinto habilitado en su día por la entrada en vigor de la conocida como Ley ‘Antibotellón’. Así, considera que tanto en los hechos relatados en la vista y en la “escasa aportación jurídica” realizada desde la acusación particular, “no hay norma legal para apreciar una responsabilidad civil directa” por parte del Consistorio. 

En este sentido, aunque entiende como hechos probados que el dispositivo policial dispuesto por el Ayuntamiento “puede ser calificado de escaso e insuficiente” ante la “gran afluencia de jóvenes”, no aprecia la “relación de causalidad” que debe existir entre las infracciones y deficiencias de seguridad advertidas y el hecho de la agresión sufrida por el menor para que el Consistorio tenga que responder.

El Ayuntamiento, absuelto
Es más,  el magistrado concluye en que aunque en el supuesto de que la  noche de los hechos hubiera habido un  mayor número de agentes en el botellódromo, e incluso mayor iluminación, “la agresión no se hubiese podido evitar ni impedir”. Cabe destacar que aunque el delito de homicidio está sancionado en el Código Penal de 10 a 15 años de cárcel -Fiscalía y acusación pidieron 15 y 17 por asesinato- después de que el jurado popular aceptara las concurrencias de las eximentes incompletas de “legítima defensa” y “miedo insuperable”, la pena de prisión dictada por el juez no podría superar los siete años y medio de prisión al rebajarse hasta casi dos grados.   En su veredicto, además de declarar culpable de un delito de homicidio a Jaime, el jurado absolvió a Fernando M.R., acusado también de presunto colaborador por haberle facilitado supuestamente el arma blanca al condenado, y que ahora ratifica el juez.

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