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España

Los jueces decidirán "voluntariamente" si aplican o no la sentencia de Estrasburgo sobre la Parot

Ve en el voto de los exiliados vascos "una exigencia obligada" porque la amenaza y la violencia no pueden "desvirtuar" las elecciones

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El portavoz de la APM, Pablo Llarena, advierte de que los jueces españoles decidirán si asumen "voluntariamente" la sentencia que dicte la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre la 'doctrina Parot' porque España "no ha reconocido un efecto directo" a las resoluciones de Estrasburgo.

   En una entrevista a Europa Press, Llarena afirma que "inicialmente" un posible amparo de la Corte Europea a la etarra Inés del Río no obligaría a España a excarcelar al resto de reclusos que se encuentran en su misma situación y a quienes se ha aplicado la denominada 'doctrina Parot'.

  "Cuando un país decide no ceder soberanía en una cuestión, es para poder imponer su convicción en los supuestos de discrepancia", argumenta, para precisar que no es "infrecuente" que la concepción de Estrasburgo sea "asumida voluntariamente" por los tribunales españoles.

   "En tal caso --y sólo por la vía de que lo hagamos voluntariamente propio--, los presos podrían ver prosperar su pretensión ante los tribunales", destaca.

VOTO DE LOS EXILIADOS VASCOS

   El portavoz de la APM considera que el voto en los exiliados vascos y navarros constituye "una exigencia obligada" porque "las amenazas, los chantajes y los asesinatos" no pueden ser utilizados para expulsar del censo electoral y desvirtuar el resultado de los comicios.

   A su entender, "no resultaría admisible" que estos actos puedan utilizarse para "expulsar del censo electoral a quienes tengan concepciones que sean contrarias a las impulsadas por los violentos". "Eso desvirtúa la participación y el resultado de cualquier elección democrática", advierte.

   La asociación apoya la propuesta de reforma de la ley electoral para que aquellos ciudadanos vascos y navarros que se exiliaron por presiones terroristas puedan volver a votar en sus comunidades de origen.

   A juicio de Llarena, el problema estaría en definir quien se exilió por una "coacción estructural" y quien abandonó el territorio por el "ejercicio ordinario y normal de su libertad de opción".

DESEA QUE EL TC ACIERTE EN SU PRONÓSTICO

   Preguntado acerca de los límites marcados por el Tribunal Constitucional en la sentencia de Sortu para ilegalizar a posteriori un partido político, Llarena recuerda que el alto tribunal entendió que la formación abertzale debía participar en la vida democrática a la vista de las pruebas existentes.

   "Es de desear que el Tribunal Constitucional acierte en su pronóstico pues, de no ser así, lo que se habrá malogrado es el derecho que tenemos cuarenta y seis millones de españoles a que las instituciones (y los presupuestos públicos) sirvan a los principios democráticos por los que hemos luchado", expresa.

   En su opinión, el "miedo" a haber introducido este riesgo "de manera un tanto confiada" llevó al Constitucional a "advertir de los criterios para ilegalizaciones futuras". Sin embargo, "olvidó que es al Tribunal Supremo a quien corresponde decidir si determinados comportamientos futuros serán determinantes de la ilegalización o no".

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