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La OMIC de Algeciras recuerda a los consumidores los principales consejos para hacer sus compras navideñas

Inciden en la realización de un presupuesto previo, la política de devoluciones, la venta por internet o en los mercadillos

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La Delegación de Salud y Consumo del Ayuntamiento de Algeciras, que ostenta la teniente de alcalde Juana Cid, con motivo del aumento del consumo que se produce en las fiestas navideñas quiere hacer llegar una serie de consejos a los ciudadanos, a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) con objeto de que sus compras se desarrollen con absoluta normalidad.

Antes de hacer las compras es necesaria la elaboración de un presupuesto previo, lo que permitirá situar la economía doméstica en una posición realista y hacer una previsión sobre los gastos estrictamente necesarios. Al mismo tiempo, cuando se adquiere un producto hay que prestar especial atención al contenido de la etiqueta e información que acompaña al producto.


Los consumidores deben informarse sobre la política de devoluciones de los distintos comercios. Como regla general, han de saber que el establecimiento comercial no está obligado a cambiarle el producto ni a devolverle su dinero. Sólo se puede solicitar la devolución si el producto no cumple las características con las que se anuncia o es defectuoso.

En las compras realizadas fuera de un establecimiento comercial (a distancia, internet, catálogo, etc.) dispone de siete días para examinar el producto y ejercitar el derecho de revocar el contrato. También hay que saber que los establecimientos que aceptan la devolución de productos no defectuosos pueden establecer excepciones (ropa interior, bisutería, fiesta, etc), aunque siempre deberá estar expuesta tal circunstancia al público mediante carteles bien visibles.

En las compras a través de internet, además de disponer del plazo de siete días para revocar el contrato, hay que cerciorarse de que los sitios donde se compra han de ser seguros, y comprobar que la dirección comienza por “https://”, o buscar el candado o la llave al pie de la página.

Respecto a la publicidad, lo más importante es que los consumidores sean lo suficientemente críticos para evitar las compras innecesarias. Para ello deben reparar en las cualidades reales del objeto que se anuncia y reflexionar sobre si es necesaria la compra del mismo. Asimismo es fundamental saber que la publicidad vincula al comerciante, por lo tanto, debe reclamar la entrega de lo efectivamente ofertado. Es necesario conservar los folletos publicitarios como prueba de la existencia de la oferta comercial.

Los precios son libres, pueden ir fluctuando a lo largo de todo el periodo, sobre todo en determinados artículos (mariscos, juguetes, etc). Conviene comprar con antelación a los días clave de la fiesta ya que a medida que se aproximen estos, los precios suelen aumentar. Los establecimientos comerciales están obligados a exhibir el precio de venta al público IVA incluido, de todos los artículos expuestos para la venta. (incluido los expuestos en escaparates).

Ello incluye también a los mercadillos ambulantes. Respecto a estos últimos hay que recordar a los consumidores que tienen siempre derecho a exigir la entrega de un comprobante de la compra.
La actual legislación establece un plazo de garantía de 2 años (productos nuevos) y de 1 año (bienes de segunda mano). Durante este plazo el consumidor tiene derecho a la reparación totalmente gratuita o en su caso a la sustitución en los casos en los que el bien no se ajuste a las características ofertadas.

Durante los seis primeros meses si el consumidor manifiesta su falta de conformidad se presume que el defecto es de origen y es el vendedor el que debe demostrar lo contrario. Transcurrido este periodo es el comprador el que habrá de demostrar que el defecto es de origen.

El productor o en su defecto el importador, está obligado a garantizar al comprador un adecuado servicio técnico para los bienes de carácter duradero que fabrica o importa, así como al suministro de piezas de repuesto durante un plazo mínimo de 5 años a contar desde la fecha en la que el producto dejó de fabricarse. Garantía comercial es la que ofrece adicionalmente el fabricante o vendedor, y es independiente de la garantía legal. No es obligatoria, pero una vez ofrecida, tendrá que cumplirse. Es necesario pues, que esta última conste por escrito y con las condiciones de la misma perfectamente detalladas.

Se han de guardar los recibos de todas las compras efectuadas para comprobar con posterioridad los gastos con la información que le envía el banco. En caso de pérdida o sustracción de la tarjeta, hay que ponerlo en conocimiento de la entidad bancaria o establecimiento emisor de la tarjeta con la mayor rapidez, para que procedan a la anulación, sin dejar de solicitarlo por escrito. Además, hay que interponer una denuncia en la Comisaría de Policía más cercana a la mayor brevedad posible.

Es fundamental que se exija siempre el ticket de compra, pues es el documento que acredita la relación comercial y absolutamente imprescindible para interponer una reclamación en Oficina de Atención al Consumidor.

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