El tiempo en: Ronda

Sanlúcar

El Ayuntamiento ofreció un curso sobre el Plan de Emergencia Municipal

El objetivo era que tanto delegados como técnicos conociesen a la perfección este documento

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • Asistieron ediles y técnicos. -
El Ayuntamiento de Rota ha organizado el primer curso sobre el Plan de Emergencia Municipal (PEM) en la localidad, para darlo a conocer a los delegados, y técnicos municipales.

Este Plan, aprobado en Pleno y homologado por la Junta de Andalucía, recoge desde los riesgos de distintas emergencias que se pueden producir en la ciudad, al material y recursos con los que se puede contar en caso de necesidad, a las personas que se encargan de distintas áreas municipales, y que entrarían a actuar en cuanto se active el PEM. El curso fue impartido por el Servicio de Protección Civil y concertado con la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, y está diseñado para profundizar en los aspectos de la elaboración del PEM, y ha estado dirigido en esta primera edición a los miembros del equipo de Gobierno, responsables directos de las distintas áreas de actuación.

El contenido del curso se ha centrado en la evolución de la Normativa desde la Ley de Protección Civil de 1985 y cómo esta afecta actualmente a las responsabilidades municipales, así como la revisión de lo contenido en el documento de actualización del Plan de Emergencia, para que su desarrollo se mantenga en constante revisión, y que se garantice una atención lo más eficaz y rápida ante las necesidades que exija cualquier emergencia que se de en la localidad.

El Plan de Emergencia Municipal, actualmente en fase de implantación, define los objetivos y la figura del director del Plan; información territorial en la que se establecen datos de interés de la ciudad a tener en cuenta en relación a los riesgos que se pueden dar en la localidad; identificación y catalogación de los riesgos; la estructura que se habilita cuando se pone en marcha el PEM, con una dirección, un comité asesor, un gabinete de información, un centro de coordinación y distintos grupos de acción; los procedimientos de alerta y movilización de la población; o los distintos servicios operativos (de intervención, sanitarios, de apoyo logístico) y centros de coordinación operativa.


TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN