La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia dictada por un juzgado de lo Penal de la capital que condenó a una pena de seis meses de prisión a una mujer por quebrantar la orden de alejamiento que tenía impuesta respecto de su expareja, ya que fue sorprendida por la Policía en el portal en el que éste residía. Así, se rechaza el recurso de apelación presentado por su defensa.
Los hechos sucedieron en octubre pasado. El juzgado declaró probado, según consta en la sentencia de la Audiencia, que la mujer fue al domicilio de su expareja, ubicado en la capital y llamó a la puerta "pidiendo hablar con él", esto "pese a conocer la vigencia" de la orden de alejamiento decretada un mes antes y que le impedía comunicarse con el hombre o acercarse a menos de 300 metros.
La mujer, señaló la primera resolución, fue sorprendida por la policía en el portal del edificio. Por estos hechos, la acusada fue condenada por un delito de quebrantamiento de condena a la pena de seis meses de prisión. Su defensa presentó un recurso de apelación, alegando que se había producido error en la valoración de la prueba existente.
Tras examinar el material, la Sala llega a la misma conclusión que el juzgado, sin que se creara duda respecto a la culpabilidad de la mujer. Se indica que no constan acreditados hechos que revelen que tanto el hombre como los agentes que intervinieron con sus manifestaciones "hayan perseguido una finalidad distinta a la de relatar lo realmente ocurrido".