El tiempo en: Ronda

Jerez

Fumar en una caseta de feria costaría al infractor 30 euros

A partir de la tercera infracción, la multa es de entre 601 y 10.000 euros

Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
  • Una imagen para el recuerdo. -
| Que no se permite fumar en las casetas de feria ya es este año una realidad, pero comienzan a conocerse las sanciones a las que los fumadores se enfrentan si se incumple la legislación antitabaco. Si una persona enciende un cigarrillo en una caseta, corre el riesgo de ser multado. Pero no sólo él, el dueño de la caseta también se enfrenta a una sanción.

El fumador sería multado a pagar 30 euros al incurrir en una infracción leve. En el caso de ser reincidente, para lo que hace falta fumar tres veces en un lugar en el que está prohibido, la infracción pasaría a considerarse grave. Esto supone que la multa que tendría que pagar sería de entre 601 y 10.000 euros.

Por su parte, el titular de la caseta estaría incurriendo en una falta grave si hay una persona fumando en su caseta. La Ley interpreta que en estas situaciones, el dueño ha dado el visto bueno para que se consuma tabaco en su local. La sanción a la que se enfrentaría sería, por lo tanto, de entre 601 y 10.000 euros.

Prohibiciones
No se permitirá fumar en las casetas de feria, ya sean públicas o privadas. La Ley 42/2010, más conocida como la Ley Antitabaco, prohíbe hacerlo en espacios cerrados o cubiertos y en espacios de uso público o colectivo en los que puede haber menores y en los que se elaboran o consumen alimentos.

El cigarrillo tampoco estará permitido en las casetas “abiertas”. Por lugar cerrado la Ley Antitabaco entiende “todo espacio cubierto y rodeado por más de dos paredes, muros o paramentos”. Según esta definición, sí se podría fumar en las casetas ubicadas en una esquina, ya que muchas de ellas sólo tienen dos tabiques, aunque finalmente se decidió que al haber niños y manipularse alimentos en ellas también, la prohibición de fumar se aplicaría igualmente.

Atracciones
Por otra parte y según la misma legislación, sí estará permitido fumar en los espacios al aire libre dedicados al ocio y al esparcimiento, por lo que el consumo de tabaco está permitido en las calles del recinto ferial y en las puertas de las casetas. Asimismo se permite fumar en la zona de atracciones de feria, al no estar tipificado este lugar como “zona acotada para el juego y esparcimiento de menores”.

La Feria de Los Barrios, que se está celebrando esta semana, es la primera de la comarca en aplicar la normativa antitabaco y le seguirá Algeciras en la tercera semana del próximo mes de junio.

La Feria de Sevilla fue la que estrenó la normativa y todos los controles determinaron el buen hacer de los usuarios de las casetas.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN