Por malversación por contratar presuntamente con su teléfono móvil municipal servicios como llamadas eróticas
Un jurado popular ha declarado este miércoles culpable al exalcalde de Castril (Granada) José Juan López Ródenas (PSOE), que había sido acusado por el Ayuntamiento de esta localidad de malversación por contratar presuntamente con su teléfono móvil municipal servicios como llamadas eróticas.
Este veredicto de culpabilidad ha sido comunicado esta tarde en la Audiencia de Granada después de que tanto la Fiscalía como la defensa solicitaran en sus conclusiones definitivas la libre absolución del exregidor al considerar que no había acreditado el delito que le atribuía la acusación particular, ejercida por el Consistorio de Castril.
Rafael Revelles, abogado de la acusación particular, ha indicado a Efe que el jurado popular ha considerado probada "la contratación consciente y voluntaria de todos los números ajenos a la función pública", unos servicios tarificados con sobreprecio que ascendieron a algo más de 1.500 euros y que el acusado devolvió una vez incoado el procedimiento contra él.
El letrado se ha mostrado satisfecho por que se haya hecho "justicia" en un caso en el que la Fiscalía no acusaba.
Por su parte, el exalcalde se ha mostrado en declaraciones a Efe "enormemente sorprendido" por el veredicto de culpabilidad, que no entiende tras la exposición "tan clara" que hoy mismo ha trasladado la Fiscalía para pedir su libre absolución.
Una vez que este veredicto de culpabilidad se concrete en una sentencia tiene intención de recurrir la condena, ha dicho López Ródenas, que cree "seguro" que un tribunal profesional no hubiera llegado a la misma conclusión que el jurado popular que lo ha considerado culpable.
El exacalde ya negó este martes durante el juicio haber utilizado el teléfono municipal para contratar servicios como llamadas eróticas y atribuyó estos a una estafa relacionada con mensajes 'prémium'.
En este sentido, aclaró que no efectuó ninguna llamada a líneas eróticas y que los mensajes de tarificación especial (tipo 'prémium') no fueron contratados por él de forma voluntaria.
Por su parte, la acusación particular pedía para López Ródenas multa de 3.240 euros y suspensión de empleo o cargo público durante veintiún meses por unos hechos que habrían tenido lugar durante el período comprendido entre diciembre de 2008 y enero de 2011.
Según esa acusación, en su condición de alcalde habría hecho uso de la línea que tenía asignada por razón de su cargo público "para fines ajenos a la función pública".