El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que condenaba a dos acusados detenidos a siete años y medio de prisión para cada uno por intentar pasar por el Puerto de Algeciras, a través de un contenedor, 406 kilos de cocaína, cuyo valor alcanzaría los 13,8 millones de euros. Además, les impone una multa de 40 millones de euros.
Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos se remontan al 12 de enero de 2017, cuando los dos acusados, sin antecedentes penales, trataron de sacar de un contenedor que estaba ubicado en la terminal de contenedores APM del Puerto de Algeciras, unas bolsas de deporte que contenían una sustancia que resultó ser cocaína, desistiendo de su propósito al aproximarse al lugar agentes de la Policía Portuaria.
Para poder acceder al contenedor con la droga usaron dos chaquetones de color naranja de los usados por el personal que presta servicios en el interior de la terminal APM Terminals. Los chaquetones fueron encontrados en las ruedas de una grúa y uno de ellos contenía AND de uno de los acusados.
Tras ser condenados presentaron un recurso a la sentencia de la Audiencia, apelando uno de ellos a la ilicitud del uso de las grabaciones de las cámara de seguridad. Algo que ha sido desestimado por el TSJA argumentando que "no puede compartirse que la fuerza investigadora decidiera acceder a las mismas a raíz de las manifestaciones iniciales de los recurrentes".
En este sentido, señala como "evidente y de toda lógica" que, "dada la secuencia de los hechos desde la detección de intrusos junto a una zona en la que se halló un importante alijo de cocaína, hasta la localización de los acusados saliendo del agua en la colindante zona de embarque de ferries Algeciras-Tanger, un mínimo celo en la
investigación hacía obligado el examen de dichas grabaciones como en efecto se hizo".
Así, tras desestimar todos los motivos del recurso de los dos condenados, el TSJA confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz, que impone una pena de siete años y seis meses de prisión por un delito contra la salud pública en relación con sustancia que causa grave daño a la salud, además de una multa de 40 millones de euros.