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Viernes 19/04/2024  

Andalucía

Ayuda de 1.000 euros para autónomos que no hayan recibido ayudas desde marzo

Un total de 95.398 autónomos andaluces han solicitado la ayuda a fondo perdido

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  • Autónomo. -

Un total de 95.398 autónomos andaluces han solicitado la ayuda a fondo perdido y en pago único de 1.000 euros de la Consejería de Empleo destinada a paliar la situación de los incluidos en los sectores más afectados por la crisis derivada de la pandemia de la covid-19.

Según fuentes de Empleo, se trata de una cifra récord de peticiones, ya que en solo dos días se ha obtenido el mayor número registrado en una convocatoria a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía.

A estas ayudas han podido acceder autónomos que no hayan cesado su actividad ni recibido compensación por ello desde el mes de marzo, en dedicaciones como periodismo, fotografía, artes escénicas, artesanía y moda flamenca, así como actividades relacionadas con las agencias de viaje, papelerías, inmobiliarias, gimnasios o salones de belleza.

La tramitación en el plazo de dos meses de estas ayudas será posible gracias a un sistema automatizado implantado de manera pionera por la consejería de Empleo, que se ha convertido así en la primera administración pública de España en aplicar la robotización para el pago de ayudas económicas a un número tan elevado de beneficiarios.

El pago único del 100 % de esta ayuda se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona beneficiaria haya indicado en su solicitud.

Para ser beneficiario se establece como requisito ser trabajador por cuenta propia o autónomo con domicilio fiscal en Andalucía, con alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) a fecha de 14 de marzo de este año, y se exige que aún mantengan esta alta hasta el día de inicio del plazo de presentación de solicitudes de la ayuda.

Además, las personas solicitantes no podrán ser beneficiarios de las prestaciones extraordinarias de cese de actividad que están vigentes a nivel estatal y además, deberán mantenerse de alta en el RETA ininterrumpidamente, durante al menos, tres meses a contar desde el día siguiente a la presentación de la solicitud. 

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