Los abogados del italiano Francesco Arcuri, expareja de Juana Rivas, se han remitido este lunes a las distintas resoluciones judiciales que durante estos años evidencian a su juicio la inocencia de su cliente respecto a las acusaciones por presuntos malos tratos a sus hijos. Especialmente la dictada hace unos días por la Corte de Apelación de Cagliari, en Italia, que ha concedido la custodia en exclusiva al padre y dispone que Rivas "proceda inmediatamente" a devolver al menor al domicilio del progenitor en Carloforte.
Enrique Zambrano, abogado de Arcuri en España, ha censurado en declaraciones a Europa Press la difusión, por parte del equipo jurídico de Rivas, de antiguos audios del hijo mayor --en los que narra una presunto episodio de maltrato acaecido en 2019 en Italia-- y ha recalcado que esas grabaciones ya fueron analizadas en las actuaciones abiertas en Italia que luego se archivaron.
Recalcan además que la Corte de Apelación de Cagliari es el órgano competente para decidir sobre la situación del menor, puesto que desde hace años su residencia está fijada en Italia, y que este órgano ha reclamado en su última sentencia la inmediata devolución del niño con el padre.
A este respecto, en la sentencia de custodia, consultada por Europa Press, se argumenta que "la competencia de la Autoridad Judicial italiana para conocer de las demandas presentadas por las partes ya no está en discusión" y se alude a que la normativa europea es "clara al atribuir la competencia a la autoridad judicial del Estado miembro en el que el menor reside habitualmente en la fecha en que se presenta la demanda o, en caso de traslado ilícito o no retorno del menor, a la autoridad judicial del Estado miembro en el cual el menor tenía la residencia habitual inmediatamente antes del traslado o del no retorno".
El Juzgado de Instrucción número 9 de Granada, en el que cayó por reparto la denuncia de Juana Rivas contra Arcuri por malos tratos al hijo menor, ha acordado inhibirse en favor de la Corte de la ciudad italiana de Cagliari al considerar que los hechos objeto de investigación tuvieron lugar presuntamente en el domicilio familiar en Cagliari. Ha mantenido, no obstante, la medida provisional de no retorno del niño a Italia hasta que se pronuncien los tribunales italianos, según informó en su momento el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Además de conceder la custodia en exclusiva al padre, la Corte de Apelación de Cagliari dispone que Juana Rivas sólo pueda ejercer el derecho de visita al niño en Cerdeña y que el Servicio Social del municipio de Carloforte continúe monitoreando las condiciones del menor e informando a la autoridad judicial de "eventuales hechos relevantes".
También acuerda que la Unidad Operativa de Neuropsiquiatría de la Infancia y la Adolescencia realice una nueva evaluación psicológica profunda al menor y le provea del "necesario apoyo psicológico o psicoterapéutico", informando también a la autoridad judicial de los eventuales hechos relevantes.
Los abogados de Juana Rivas censuran que la justicia italiana haya concedido la custodia del hijo pequeño al padre pese a que está "procesado en ese país por maltratarle" y explican que han remitido distintos audios y mensajes de texto de los niños, partes médicos, fotografías de lesiones y declaraciones de testigos (entre otras pruebas) a la Justicia italiana y a la Justicia española para tratar de evitar que el menor pueda regresar.