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El juez archiva el caso Villas del Arenal para la edil Teresa Porras

Investigada por las presuntas "injerencias políticas" en la tramitación de expedientes de infracciones y restablecimiento de la legalidad

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  • La edil del PP Teresa Porras y su abogado a la salida del juzgado. -
  • Los hechos que se investigan tuvieron origen en 2013 tras unas actuaciones del Servicio de Inspección de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Málaga

El Juzgado de Instrucción número 8 de Málaga ha acordado el sobreseimiento provisional para la edil del equipo de gobierno del PP en Málaga Teresa Porras en el caso de las presuntas "injerencias políticas" en la tramitación de expedientes de infracciones y restablecimiento de la legalidad, en concreto en la urbanización Villas del Arenal.

Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que el juez encargado del caso señala que del resultado de las diligencias practicadas "no aparece suficientemente justificada la participación de doña Teresa Porras en los hechos investigados", por lo que coincide con lo manifestado por el ministerio fiscal y la defensa de la edil.

Así, el instructor considera que es "necesario acotar el ámbito subjetivo de la instrucción en aras de evitar la innecesaria pena de banquillo" y que no se aprecia la comisión de los delitos de prevaricación y tráfico de influencias de los que venía siendo investigada.

En este sentido, explica que los hechos que se investigan tuvieron origen en 2013 tras unas actuaciones del Servicio de Inspección de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Málaga, llevadas a cabo en dicha urbanización, "es ahí donde hay que situar el protagonismo de la señora Porras, pues dichas actuaciones fueron el origen de un grave problema vecinal derivado de la multitud de expediente que se abrieron".

"Lo anterior trajo no pocos quebraderos de cabeza a la Corporación municipal y concretamente en el seno de los distintos debates que se suscitaron es donde Porras, como concejala de Distrito de Cruz de Humilladero, medió para tratar de componer aquella acción municipal que para ella era totalmente descomedida", señala el juez.

Al respecto, dice que "las palabras utilizadas por la señora Porras en sus múltiples intervenciones pueden no haber sido afortunadas, pero no encerraban en sí un mandato ni siquiera insinuación a los funcionarios y técnicos del Departamento de Disciplina Urbanística, en el que ella carece de competencia" para que hiciera dejación de funciones y dejaran caducar expedientes.

"Es decir, no existen indicios suficientes para considerar que la actuación de la señora Porras llegara a determinar que los funcionarios se desviaran o incumplieran la norma legal con perjuicio efectivo o potencial para los intereses del ciudadano o de la causa pública, merced a las órdenes, sugerencias o recomendaciones recibidas de ella", considera el juez.

Finamente, apunta que las expresiones atribuidas a la edil por algunos testigos, que ella ha negado, "hay que valorarlas como informa el fiscal en el contexto de la fuerte tensión que solía rodear las reuniones con los vecinos", considerando que la actuación de la concejala "hay que contemplarla lejos del funcionamiento de los técnicos y personal" del Departamento de Disciplina.

Al respecto, apunta que en ese departamento "existían tan graves dificultades y atrasos en la tramitación de expedientes que se tuvo que reestructurar para dar impulso a los procedimientos en tramitación" --en octubre de 2017 eran 8.489 expedientes, más otros 5.011 pendientes de resolución--, concluyendo que es "evidente" que el retraso "estaba extramuros de los hechos que se investigan en esta causa".

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