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Córdoba

Condenado a cárcel un acusado de intentar agredir sexualmente a un menor en un centro comercial

Según recoge la sentencia, resulta probado que sobre las 20,00 horas del día 15 de abril de 2013, el acusado se percató que el menor accedía a la zona de servicios de la planta superior del centro comercial

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El Juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba ha dictado una sentencia por la que condena a una pena de un año de prisión y una orden de alejamiento de dos años a un hombre, acusado de la supuesta comisión de un delito de agresión sexual en grado de tentativa sobre un menor, de 13 años de edad en el momento de los hechos, en un centro comercial de la capital cordobesa.

   Según recoge la sentencia, resulta probado que sobre las 20,00 horas del día 15 de abril de 2013, el acusado se percató que el menor accedía a la zona de servicios de la planta superior del centro comercial, momento en el que el varón "entró en los mismos detrás del menor".

   Una vez dentro, la juez relata que el hombre consiguió abrir la puerta del aseo en el que estaba el menor, "que no tenía pestillo", y en el interior, "con el propósito de obtener una satisfacción sexual, intentó por la fuerza bajarle los pantalones, sin conseguirlo, oponiéndose el menor, quien salió corriendo".

   En este sentido, la magistrada explica en la resolución que como consecuencia de los hechos, "el menor no ha sufrido daños somáticos o psíquicos", al tiempo que señala que ha sido "sincero en cuanto a lo que recordaba o no del día de los hechos, no evidenciándose móvil de resentimiento o espurio alguno".

   Además, apunta que aunque existe "un aspecto valioso que no ha podido ser corroborado, como es el hecho de la existencia de tocamiento obsceno al no recordar el menor si el acusado llegó a tocarle sus genitales", el menor ha mantenido "con absoluta rotundidad" que el acusado entró en el aseo "empujando la puerta e intentó bajarle los pantalones", si bien "no lo consiguió al impedírselo él y salir corriendo del aseo".

   No obstante, en opinión de la juez, esta conducta "claramente integra un intento de agresión sexual, máxime cuando además la pretensión buscada por el acusado era claramente la de satisfacción de su deseo sexual".

   En definitiva, la magistrada considera que "ha resultado acreditada la concurrencia de los elementos del tipo penal de agresión sexual", si bien "dada la ausencia de acreditación de la realización de tocamiento obsceno por el acusado, atendida la declaración del menor, así como el hecho de que él mismo con su conducta impidió al acusado seguir con su propósito", entiende que es "un supuesto de tentativa inacabada".

   Cabe destacar que el Ministerio Público solicitaba para el hombre una pena de tres años de prisión y una orden de alejamiento durante unos dos años por la supuesta comisión de un delito de agresión sexual, mientras que la defensa pidió la absolución para su cliente.

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