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Huelva

Condenan al Ayuntamiento de Aracena a pagar 33.600 euros por un despido improcedente

El afectado es un trabajador que durante 13 años, con contratos temporales, desempeñó las labores de jardinero municipal

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha condenado al Ayuntamiento de Aracena al pago de una indemnización de 33.635 euros a un trabajador, que durante 13 años, con contratos temporales, desempeñó las labores de jardinero municipal, al considerar su despido improcedente.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el TSJA desestima el recurso interpuesto por el Ayuntamiento contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Huelva que le reconocía al empleado la improcedencia de su despido e imponía el pago de esa indemnización.

El Consistorio basaba su recurso en un desacuerdo con la cuantía de lo que debía abonar a esta persona, al entender el salario que efectivamente percibía no era ajustado a derecho y que debía de ser inferior.

El TSJA desestima el argumento precisando que "el salario regulador de las indemnizaciones es el que debe corresponder legalmente al trabajador al tiempo de la extinción del contrato, y no el que realmente viniera percibiendo, como ocurre, por ejemplo, si percibe un salario inferior al establecido como salario mínimo o al establecido en el convenio colectivo aplicable".

Sostiene el alto que el actor ha percibido "las remuneraciones contempladas en el convenio colectivo en razón de su trabajo, sin que sean de aplicación ninguna de las trabas legales alegadas" y por lo tanto, tomando las retribuciones percibidas por el demandante por los conceptos fijos y prorrateando las satisfechas con carácter variable durante el año anterior al despido, a excepción del complemento por incapacidad temporal, corresponde fijar la indemnización conforme a lo establecido en la sentencia de instancia.

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